Prolegómenos de los casos trágicos administrativos

  • Mauricio Enrique Rodríguez Delgado Universidad Autónoma de Bucaramanga
  • Carlos Arturo Duarte Martínez Universidad Autónoma de Bucaramanga
Palabras clave: Caso trágico, ponderación, administración pública, equilibrio mínino.

Resumen

En este escrito se defiende la idea de que las autoridades administrativastienen que decidir casos trágicos. Se realiza una exploración y crítica a ladoctrina internacional que centra su estudio del caso trágico como unasunto de los jueces. Para ello se resalta que el ejercicio de la funciónadministrativa en el Estado social de Derecho no puede seguir lospostulados clásicos del principio de legalidad, sino que exige realizaractividades de planeación en donde tienen aplicación principiosconstitucionales para justificar sus decisiones aplicando para ello laponderación. El reconocimiento de la existencia del “caso trágicoadministrativo” también es resultado de considerar que la realización dela justicia no sólo corresponde a los jueces, sino también a lasautoridades administrativas por más que sean en algo responsables de ladesigualdad de las sociedades.

Biografía del autor/a

Mauricio Enrique Rodríguez Delgado, Universidad Autónoma de Bucaramanga
Abogado de la Universidad Autónoma de Bucaramanga (UNAB). Especialista en Derecho Público, Ciencia Política y Docencia Universitaria de la UNAB; Magister en Derecho Público de la Universidad Externado de Colombia; y Candidato a Doctor en Derecho por la Universidad de Alcalá. Docente de la Universidad Autónoma de Bucaramanga y la Universidad Industrial de Santander. Miembro del Grupo de Hermenéutica Jurídica del Centro de investigaciones Socio-Jurídicas “Laureano Gómez Serrano”
Carlos Arturo Duarte Martínez, Universidad Autónoma de Bucaramanga
Abogado de la Universidad Autónoma de Bucaramanga (UNAB). Docente Auxiliar y miembro delGrupo de Hermenéutica Jurídica del Centro de investigaciones Socio-Jurídicas “Laureano Gómez Serrano”del que es su asistente administrativo. Correo electrónico: cduarte3@unab.edu.co

Referencias bibliográficas

Atienza, M. (1989). Sobre lo razonable en el Derecho. Revista Española de Derecho Constitucional, 27, 93 a 110

Atienza, M. (2004) Sobre el control de la discrecionalidad administrativa: comentarios a una polémica. Cuestiones Judiciales (pp. 39-71). Fontamara, México D.F.

Atienza, M. (2005). Las razones del derecho. Teorías de la argumentación jurídica. México D.F: Universidad Nacional Autónoma de México.

Atienza, M. (2007). ¿Un caso trágico? Recuperado de http://www.diarioinformacion.com/secciones/noticiaOpinion.jsp?pRef=1939_8_597011__Opinion-caso-tragico

Atienza, M. (2010a). Argumentación y Constitución. En: Vargas, L. (Coord.). Interpretación constitucional (pp. 67-122). Bogotá: Universidad Libre.

Atienza, M. (2010b).El Derecho como argumentación. Barcelona: Ariel.

Atienza, M. (2010c). Los límites de la interpretación constitucional. De nuevo sobre los casos trágicos. En: Vargas, L. (Coord.). Interpretación constitucional (pp. 125-155). Bogotá: Universidad Libre.

Atienza, M. (2013).Curso de argumentación jurídica. Madrid: Trotta

Atienza, M. (2014). Una filosofía del Derecho para el mundo latino. Otra vuelta de tuerca. En: 2° Congreso Internacional de Filosofía, Hermenéutica Jurídica y Argumentación Jurídica. Bucaramanga, Colombia: Universidad Pontificia Bolivariana-Seccional Bucaramanga.

Atienza, M. & Ruíz Manero, J. (2004). Las piezas del derecho. Barcelona: Ariel.

Atienza, M. & Ruíz Manero, J. (2004). Marxismo y Filosofía del Derecho. México D.F.: Fontamara.

Bernal Pulido, C. (2007). El principio de proporcionalidad y los derechos fundamentales. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. Subsección “A”. C.P.: Gustavo Eduardo Gómez Aranguren. Sentencia del 12 de octubre de 2011. Rad.: 25000-23-25-000-2008-01127-01(0292-11). Isaac Sánchez Gómez Vs. CAJANAL

Corte Constitucional. Sentencia C -878 de 2011 (M.P.: Juan Carlos Henao Pérez)

Corte Suprema de los Estados Unidos. Caso bBrown vs. Allen. 344 U.S. 443,540 (1953)

Gusastini, R. (2001). Estudios de teoría constitucional. México D.F.: Fontamara.

Gusastini, R. (2007). Ponderación: Un análisis de los conflictos entre principios constitucionales. Palestra del Tribunal Constitucional. 08, 631-637.

Haberle, P. (2004). El Estado constitucional. México D.F: Universidad Nacional Autónoma de México

Ruíz Manero, J. (2005). Principios, objetivos y derechos. Otra vuelta de tuerca. DOXA, Cuadernos de Filosofía del Derecho, (28), 341-365.

Sarmiento, D. (2007). El principio de proporcionalidad en el Derecho administrativo. Un análisis jurídico desde el Derecho español. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

Tribunal Administrativo de Santander. M.P.: Solange Blanco Villamizar. Sentencia del 28 de septiembre de 2011. Rad.: 680012331000-2010-00441-00 (SN). Edgar Suarez y Pedro Nilson Amaya Vs. Municipio de Bucaramanga.

Zagrebelsky, G. (2011). El derecho dúctil. Madrid: Trotta

Zucca, L. (2011). Los conflictos de derechos fundamentales como dilemas constitucionales: En: Moreso, J. y Ferrer, J. (Dirs.). Dilemas constitucionales: un debate sobre sus aspectos jurídicos y morales (pp. 9-36). Madrid: Marcial Pons.

Cómo citar
Rodríguez Delgado, M. E., & Duarte Martínez, C. A. (2014). Prolegómenos de los casos trágicos administrativos. Temas Socio-Jurídicos, 33(67), 87–111. Recuperado a partir de https://revistas.unab.edu.co/index.php/sociojuridico/article/view/2103

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Publicado
2014-11-26

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